El Ministerio de Hacienda ha hecho pública la información impositiva local de 2020. En concreto, se facilitan los tipos impositivos, porcentajes y coeficientes de los impuestos locales de los municipios de régimen común (todos, menos los pertenecientes al País Vasco y Navarra).
Tal y como establece el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, los ayuntamientos deben exigir a sus ciudadanos tres impuestos: Bienes Inmuebles (IBI), Actividades Económicas y Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM). Además, tienen potestad para establecer el Impuesto de Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana y el de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).
Datos agregados
La información impositiva local de 2020 refleja que la media del tipo impositivo del IBI para los bienes urbanos se establece en un 0,58792%, mientras que para los rústicos se sitúa en el 0,61896%. El primero de ellos es ligeramente inferior al del pasado ejercicio (0,58900%). El segundo, supera al de 2019 (0,61858%).
En cuanto al Impuesto de Actividades Económicas, el coeficiente máximo es del 1,3 – en 2019 fue de 1,29- y el mínimo del 1,12, similar al del ejercicio anterior.
Los coeficientes de incremento del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica son similares al de 2019 para turismos (1,22 de mínimo y 1,25 de máximo), camiones (1,23 y 1,24), tractores (1,22 y 1,23), remolques (1,22 y 1,23) y “otros” (1,24 y 1,28). En el caso de los autobuses hay un incremento en el coeficiente mínimo (pasa del 1,22 al 1,23) y se mantiene el máximo en el 1,23.
Dentro de los impuestos potestativos, el ICIO está establecido en 6.902 municipios. El tipo impositivo medio se sitúa en el 2,62%, porcentaje que no ha variado desde 2017.
En cuanto al Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalía), está regulado en 3.740 municipios. Los porcentajes medios anuales para determinar el incremento del valor son: 2,98% de 1 a 5 años. 2,74% hasta 10 años, 2,59% hasta 15 años y 2,51% hasta 20 años. Estas cifras no han variado desde 2015.
El tipo impositivo que se aplica a la base imponible del impuesto es del 22,79% para bienes de 1 a 5 años, del 22,48% hasta 10 años, 22,2% hasta 15 años y del 21,98% hasta 20 años.
Todos los datos están accesibles en una web habilitada para la consulta de la información impositiva municipal. Además, se pueden consultar datos clasificados por tamaño de municipio o hacer consultas individuales por ayuntamientos.
Metodología
La recogida de datos se ha realizado principalmente a través de internet. Aquellos municipios que no han podido acceder a través de este sistema han facilitado la información mediante documentación impresa.
También se han empleado como fuente informativa las ordenanzas fiscales publicadas en los boletines oficiales de las provincias. Con todo ello, el 1 de septiembre se disponía de información de los 7.608 ayuntamientos del territorio común
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