El desarrollo tecnológico ha cambiado las formas de relacionarnos y de realizar muchas de las actividades cotidianas. Actividades que no hace mucho suponían un contacto directo o telefónico hoy se llevan a cabo mediante todo tipo de aparatos. Las administraciones públicas no son ajenas a estos cambios y tratan de adaptarse a los hábitos sociales de los ciudadanos. Un ejemplo son las facilidades para el pago de impuestos con Bizum.
El 22 de febrero, el pleno de la Diputación de Valencia aprobaba una moción del grupo Ciudadanos para impulsar la incorporación de medios telemáticos para facilitar el cumplimiento de las obligaciones impositivas. En concreto, se adoptó el acuerdo de incorporar el sistema de transferencias Bizum para las transacciones económicas entre la institución y los ciudadanos.
Bizum es un servicio impulsado por la banca española para facilitar los pagos inmediatos. Cuando surgió, en el año 2016, se centraba en las transacciones entre particulares. Tres años después, permitía los pagos en el comercio online. En la actualidad, cuenta con cerca de 19,5 millones de usuarios activos.
La forma de realizar los pagos mediante este sistema es muy sencilla. Una vez activado el servicio en la aplicación de la entidad bancaria con la que trabajamos, basta con buscar la opción “Enviar y Recibir dinero con Bizum”, introducir el número del teléfono móvil del destinatario y enviarlo.
Un sistema cada vez más extendido
La Diputación de Valencia no es la única institución en la que se ha debatido o se debatirá la implantación de este sistema. En el Ayuntamiento de León se ha presentado una moción para permitir el pago por Bizum de multas e impuestos.
La de Guipúzcoa lo aprobó en noviembre de 2021. También las diputaciones de Alicante y Barcelona ofrecen este sistema a sus ciudadanos.
El Ayuntamiento de Barcelona ha anunciado que facilitará el pago de tasas y sanciones a través de esta plataforma en 2023.
Habitualmente, el procedimiento del pago de impuestos es el siguiente: el usuario deberá disponer del documento de pago, entrar en la Sede Electrónica de la Diputación de Barcelona, indicar los datos relacionados con la deuda tributaria y, finalmente, realizar la transacción con Bizum.
El artículo 198 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales establece que “las entidades locales podrán dictar reglas especiales para el ingreso del producto de la recaudación de los recursos que podrán realizarse en las cajas de efectivo o en las entidades de crédito colaboradoras mediante efectivo, transferencias, cheques o cualquier otro medio o documento de pago, sean o no bancarios, que se establezcan”.
Por tanto, las entidades locales tienen potestad para establecer las formas de pago que consideren convenientes en el ámbito de sus competencias. Entre ellas, puede estar el pago de impuestos con Bizum.