El Consejo de Ministros del pasado 16 de junio aprobó modificar la encomienda de gestión para completar los trabajos encaminados a la regularización catastral en los municipios españoles. Estas labores fueron encargadas por el Ministerio de Hacienda y Función Pública, a través de la Dirección General del Catastro, a la Sociedad Mercantil Estatal de Gestión Inmobiliaria del Patrimonio, S.A. (SEGIPSA) para que realizase la adaptación entre 2013 y 2016.

Ahora, según el Gobierno, “la ampliación permitirá seguir actualizando el Catastro mediante la incorporación de inmuebles y alteraciones (ampliación y rehabilitaciones)” que no figuren en el mismo. Hasta la fecha, y según los datos del Ejecutivo, la revisión catastral ha concluido en 4.632 municipios. Los trabajos que se han realizado han consistido, entre otros, en la regulación de inmuebles, construcciones deportivas y divisiones horizontales, la resolución de errores en el cruce de distintas bases de datos y la obtención de fotografías de parcelas necesarias para desarrollar el procedimiento.

El informe publicado por la Dirección General del Catastro a comienzos de abril cifrada en 2.877 el número de municipios regularizados hasta entonces. En el caso de Cuenca, se habían revisado 350.455 inmuebles de 62 términos municipales, de los que 88.469 eran urbanos y 261.986 rústicos. La regularización había afectado a 9.515 inscripciones, la mayor parte de tipología urbana (8.919 frente a 596 regularizaciones rústicas). Un 46,92% correspondía a nuevas construcciones, un 32,9% a ampliaciones o rehabilitaciones, un 19,2% a reformas y cambios de uso y un 0,98% estaban relacionadas con las piscinas.

Este procedimiento de regularización catastral se inicia de oficio y es uno de los métodos empleados para incorporar al registro aquellos inmuebles o sus alteraciones en los que no se haya cumplido la obligación de realizar una declaración completa y correcta de sus circunstancias. La Ley de 27 de diciembre de 2012, por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica, reguló este procedimiento con el objetivo de mejorar la lucha contra el fraude fiscal.

 

Utilidad de la inscripción catastral

El Catastro es un registro obligatorio que depende del Ministerio de Hacienda y Función Pública en el que constan los inmuebles tanto de naturaleza rústica como urbana y especial. Su principal utilidad es tributaria, pues proporciona información para la recaudación de distintas figuras impositivas competencia de la Administración estatal, autonómica y local.

La descripción de cada uno de los inmuebles incluye, entre otros datos, su localización, referencia, superficie, uso, titularidad y valor. Esta información es empleada, por ejemplo, para el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, el Impuesto Municipal sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el Impuesto sobre el Patrimonio o el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y sobre Transmisiones Patrimoniales.

La correcta inscripción de los inmuebles en el catastro tiene como fin último una adecuada distribución de la carga fiscal entre los ciudadanos, contribuyendo así al desarrollo de un sistema tributario más justo.