Los ayuntamientos disponen de una serie de figuras impositivas bajo su competencia, siendo los encargados de su gestión, liquidación, inspección y recaudación. Las administraciones locales con más recursos suelen ser autosuficientes a la hora de realizar estas labores que les encomienda la Ley Reguladora de Haciendas Locales, pero los recursos técnicos y humanos son limitados en los de pequeño y mediano tamaño y, en muchos casos, tan solo pueden centrarse en los trabajos de gestión y recaudación sin poder controlar la adecuada liquidaciónde los impuestos.
Esta imposibilidad de llevar a cabo un plan de inspección tributariahace que se creen bolsas de fraude que menoscaban la economía municipal, dificultan la adecuada gestión del municipio y ponen en riesgo la prestación de servicio.
Como solución a este problema, las administraciones locales pueden contar con la asistencia externa de profesionales cualificados para elaborar y desarrollar un plan de inspección tributaria. Empresas como Munigest Tributosse encargan de esta función sin que suponga un desembolso para el ayuntamiento, pues únicamente facturan un porcentaje de losingresos efectivos como resultado de su labor.
¿Qué razones pueden llevar a un municipio a impulsar un plan de inspección tributariaen el ámbito de sus competencias? Al menos podemos encontrar cuatro:
Por la igualdad de todos los ciudadanos
Si una persona no contribuye al sustento del gasto público con arreglo a sus obligaciones, alguien debe asumirlo. Por tanto, como se dice en términos coloquiales, “pagarán justos por pecadores”.
La Constitución Española afirma en su artículo 31 que “todos los españoles contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justoinspirado en los principios de igualdad y progresividadque, en ningún caso, tendrá carácter confiscatorio”. Para que esto sea posible, en preciso que la administración disponga de una herramienta que le permita comprobar la correcta distribución de la carga fiscal. Esta herramienta es el plan de inspección tributaria.
Exigencia legal
El Tribunal Constitucional, en una sentencia del 26 de noviembre de 1984, declaró la “necesidad de una actividad inspectora especialmente vinculante y eficaz aunque pueda resultar a veces incómoda y molesta” por parte de las administraciones para evitar una “una distribución injusta de la carga fiscal”.
Unos años después, en sentencia fechada el 26 de abril de 1990, utilizaba los mismos argumentos y añadía que “una eficaz actividad de inspección y comprobación del cumplimiento de las obligaciones tributarias no es, pues, una opción que quede a la libre disponibilidad del legislador y de la Administración, sino que, por el contrario, es una exigencia inherente a «un sistema tributario justo» como el que la Constitución propugna en el art. 31.1: en una palabra, la lucha contra el fraude fiscal es un fin y un mandato que la Constitución impone a todos los poderes públicos, singularmente al legislador y a los órganos de la Administración tributaria”.
Sostenibilidad del municipio
Los ayuntamientos españoles vienen clamando desde hace años por un sistema de financiación que les permita asumir la carga competencial que sustentan como la administración pública más cercana a los ciudadanos.
Los elevados gastos asumidos en periodos pasados de bonanza económica son difícilmente asumibles en unos tiempos en los que la merma de la actividad económica, especialmente la vinculada al sector de la construcción, ha reducido los ingresos de las arcas públicas.
En este contexto, cualquier incremento de los ingresos es un balón de oxígeno para las administraciones locales que les facilitará mantener los servicios básicos que prestan a sus ciudadanos.
Incrementar la recaudación tras un proceso de inspección tributariaes una fórmula al alcance de los ayuntamientos para alcanzar la deseada sostenibilidad.
Buen gobierno de los bienes públicos
Las tres razones anteriores (igualdad de todos los ciudadanos, exigencia legal y sostenibilidad del municipio) pueden agruparse bajo esta última: el buen gobierno de los bienes públicos.
Gestionar adecuadamente un municipio supone, entre otras cuestiones, respetar los principios constitucionales, comenzando por la igualdad de todos los ciudadanos y la mencionada obligación de contribuir al sustento de los bienes y servicios colectivos. El plan de inspección tributariaes un excelente instrumento para conseguirlo.
El incremento de los recursos como resultado de las labores de inspección redundará en una mejora en las prestaciones que el ayuntamiento puede ofrecer a los habitantes de su territorio.
Por tanto, la puesta en marcha de un plan de inspección municipalpuede considerarse como una tarea de buen gobierno.