La legislación española permite matricular los vehículos con más de 30 años de antigüedad como históricos, lo que aporta una serie de ventajas entre las que se encuentran las bonificaciones en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), el conocido como impuesto de circulación.
Hasta hace un año, podían solicitar la matriculación como vehículos históricos aquellos que tuviesen más de 25 años. Sin embargo, una modificación legislativa que entró en vigor el 20 de mayo de 2018 modificó este límite temporal llevándolo hasta los 30 años. Además, según el Reglamento de Vehículos Históricos, ya no se deben fabricar y su estado debe ser original sin ningún “cambio fundamental en cuanto a sus características técnicas o componentes principales”.
Pues bien, es habitual que los ayuntamientos ofrezcan algún tipo de beneficio fiscal a sus propietarios. En algunos casos, tienen prevista la exención del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM); en otros, se reduce el importe de esta figura impositiva en un determinado porcentaje. Vamos a ver algunos ejemplos.
En Cuenca, el artículo 4 de la Ordenanza Fiscal Nº3 establece una bonificación del 100% para los vehículos históricos que deberán solicitar los propietarios y que tendrá efectos en el ejercicio impositivo siguiente al de la solicitud. De forma similar lo reflejan las ordenanzas de otros municipios como Tarancón (Cuenca), Lorca (Murcia), Albacete, Almansa o Madrid. Dependiendo de la entidad local, la bonificación se aplica de oficio o es necesario solicitarla por el interesado.
En el caso de Valencia, la ordenanza reguladora del impuesto establece bonificaciones del 50% de la cuota a “los vehículos que dispongan de matrícula histórica y tengan una antigüedad comprendida entre 30 y 50 años”. Los que superen el medio siglo se podrán beneficiar de una bonificación del 100%.
Solicitud de matrícula histórica
Para poder beneficiarse de estas bonificaciones suele ser preciso contar con la matriculación como vehículo histórico. Este trámite se realiza en las oficinas de la Dirección General de Tráfico.
La solicitud debe realizar en el impreso oficial y abonar una tasa de 97,8€ o de 27,3€ en el caso de lo ciclomotores. Además, es necesario aportar la identificación del interesado, la tarjeta de la inspección que haga constar la matriculación como vehículo histórico, cuatro fotografías a color del vehículo, el permiso de circulación, la tarjeta de la ITV y el justificante del pago o exención del impuesto de circulación del ayuntamiento.
Una vez realizado este trámite, es el momento de informarse en el ayuntamiento de la localidad en la que esté dado de alta el vehículo de las posibles bonificaciones de las que pueda beneficiarse y del procedimiento para conseguirlas.