Desde el pasado 3 de febrero, y hasta el 30 de abril, los ayuntamientos tienen a su disposición la aplicación para informar de los tipos impositivos que aplican en distintos impuestos. Esta información se publica anualmente.
Los impuestos que se tienen en cuenta en este proceso son:
– Bienes Inmuebles (IBI)
– Actividades económicas (IAE)
– Vehículos de tracción mecánica (IVTM)
– Sobre construcción, instalaciones y obras (ICIO)
– Sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (plusvalía)
Los ayuntamientos en régimen común tienen la obligación de exigir los tres primeros, mientras que los dos últimos son potestativos. En todos ellos, la administración local tiene la posibilidad de modificar tipos, porcentajes y coeficientes -dentro de unos determinados límites- para adecuar la presión fiscal a sus necesidades.
La captura de la información se realiza a través de la plataforma digital accesible en la Oficina Virtual para la Coordinación Financiera con las Entidades Locales. En el caso de que los municipios no tengan acceso a internet, las delegaciones de Economía y Hacienda son las encargadas de solicitar la información a los consistorios.
Cada una de estas delegaciones realiza una primera comprobación de los datos recibidos y cumplimenta los de aquellos municipios que no los faciliten en base a la información contenida en sus ordenanzas fiscales. En 2019, 7.607 ayuntamientos aportaron la información y tan solo uno no lo hizo.
Datos de 2019
La información sobre los tipos impositivos, porcentajes y coeficientes que aplicó cada ayuntamiento en el ejercicio 2019 puede consultarse en esta página: Consulta de información impositiva municipal.
Los datos se ofrecen por impuesto, tamaño de municipio, capitales de provincia y municipios no capitales mayores de 50.000 habitantes.
De media, el tipo impositivo del IBI se situó en el 0,58900 para los bienes urbanos, el 0,61858 para los de naturaleza rústica y el 0,85452 para los de categoría especial.
En el IAE, el coeficiente de situación se estableció de media entre el 1,29 y el 1,12.
En el Impuestos sobre vehículos de tracción mecánica varía en función del tipo de vehículo del que se trate. Para turismos, el coeficiente de incremento se situó en una media entre el 1,22 y el 1,25; para los autobuses, entre el 1,22 y el 1,23; para camiones, entre 1,23 y 1,24; en el caso de tractores y remolques, del 1,22 al 1,23, mientras que para la categoría de otros el mínimo fue de 1,24 y el máximo de 1,28.
El tipo impositivo medio del Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras en 2019 fue del 2,62 en los 6.880 municipios que lo tienes establecido.
Por último, el tipo impositivo del Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, fijado en 3.746 términos municipales, se situó, por término medio, entre el 22,82% de 1 a 5 años y el 22,01% para los inmuebles de hasta 20 años.