El pasado 3 de abril, el Boletín Oficial del Estado daba cuenta de los dos convenios con la Agencia Tributaria firmados por la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) para el intercambio de información y la colaboración en la gestión recaudatoria.
El primero de ellos tiene como objeto establecer un marco general de colaboración para el intercambio de información y la colaboración de la AEAT con las entidades locales en la gestión de la recaudación.
Entre los datos que la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) facilitará a los ayuntamientos se encuentran la información sobre su identificación (apellidos y nombre, razón social, NIF, domicilio fiscal), impuesto sobre Actividades Económicas, depósitos bancarios de deudores (entidad, sucursal y número de depósito), participaciones en fondos de inversión, declaración anual de consumo de energía con datos de las compañías comercializadoras o datos del IRPF.
Por su parte, los ayuntamientos pondrán a disposición de la AEAT información sobre el padrón municipal, liquidaciones sobre el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, altas y bajas en el Impuesto sobre Actividades Económicas, liquidaciones del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, cambios en la clasificación del suelo o licencias concedidas para la realización de la actividad de alquiler de uso turístico.
El segundo convenio entre la AEAT y la FEMP se centra en el suministro de información de carácter tributario a las entidades locales. Su alcance es más limitado que el anterior, por lo que aquellas instituciones que se adhieran al primero, no tendrán que suscribir este.
Las Entidades Locales que firmaron los convenios de 2003 y que quieran mantener la colaboración deben tramitar la correspondiente adhesión a los nuevos convenios. Para ello, no es necesaria la aprobación del Pleno; basta con firma del alcalde o el presidente de la Entidad Local.
Desde la FEMP se ha comunicado a los ayuntamientos que “es necesario que, si no lo han hecho hasta este momento, las Entidades Locales que se encuentran adheridas a los Convenios de 2003 en materia de suministro de información o en materia de intercambio (a extinguir), se adhieran a los nuevos Convenios antes de 14 de enero. Transcurrida esa fecha límite, la AEAT procederá a la baja de los suministros de información tributaria a los que se encuentren autorizadas, sin perjuicio de que se mantengan las autorizaciones a aquellas EELL que justifiquen, antes de esta fecha, que han iniciado los trámites para la adhesión”.
Procedimiento de adhesión
Los ayuntamientos interesados en el Convenio de Suministro de Información deberán hacer llegar la solicitud a la Delegación de la Agencia Tributaria que ejerza sus competencias en el ámbito territorial al que pertenece la Entidad Local.
En el caso del Convenio de Intercambio, la adhesión la tienen que hacer llegar a la FEMP quien la enviará al Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales de la AEAT.
Una vez aceptada, las entidades locales podrán poner en marcha cada uno de los aspectos que recoge el Convenio siguiendo las indicaciones que recogen las siguientes guías:
LA FEMP cuenta con un documento con preguntas y respuestas sobre los nuevos convenios que puede consultarse aquí: Preguntas y respuestas sobre los nuevos convenios entre la AEAT y la FEMP