El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucionales y nulos varios artículos de la Ley de Haciendas Locales lo que, en la práctica, supone la anulación del impuesto de plusvalía.

En concreto, la sentencia afecta a los artículos 107.1, segundo párrafo; 107.2.a) y 107.4 del texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales.

A falta de conocer el contenido íntegro del dictamen -que se publicará en los próximos días-, el Constitucional ha justificado su decisión en que  se “establece un método objetivo de determinación de la base imponible del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana que determina que siempre haya existido aumento en el valor de los terrenos durante el periodo de la imposición, con independencia de que haya existido ese incremento y de la cuantía real de ese incremento”. Por tanto, considera inconstitucional el método de cálculo.

Esta figura impositiva, que redunda en las arcas de los ayuntamientos, supone un 14% de los ingresos de los consistorios de las ciudades de más de 100.000 habitantes, un 12,9% en las que cuentan con entre 50.000 y 100.000 empadronados, un 4% en los de entre 1.000 y 5.000 habitantes y un 1,9% en las poblaciones con menos de 1.000 vecinos, según informa El Confidencial con datos del Ministerio de Hacienda.

Hasta ese momento, y con el método de cálculo anulado por el Tribunal Constitucional, la sentencia afecta a las operaciones de compraventa que se realicen a partir de ahora. También tendrá efectos en los casos que estén recurridos, pero no tiene carácter retroactivo para las actuaciones ya liquidadas y no recurridas. En todo caso, habrá que esperar a conocer el texto de la sentencia para determinar el verdadero alcance porque, entre otras cuestiones, está en el aire si cabría la posibilidad de reclamar las autoliquidaciones de los últimos cuatro años.

 

Nueva normativa

El Ministerio de Hacienda y Función Pública ya ha adelantado que revisará el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana y ya trabaja en “un borrador legal que garantizará la constitucionalidad del tributo, ofrecerá seguridad jurídica a contribuyentes y certidumbre a los ayuntamientos”.

En esta línea, la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) va a pedir al Gobierno la “aprobación urgente de una norma legal que reforme el impuesto”.

No es la primera vez que este impuesto es puesto en tela de juicio por la justicia. En 2017, el Tribunal Constitucional declaró inconstitucionales algunos artículos que lo regulaban y el Tribunal Supremo aclaró el alcance de esta sentencia. En aquel momento, determinó que Los ayuntamientos pueden liquidar la plusvalía municipal en los casos en los que no se acredite la pérdida de valor.