Es habitual que los grandes municipios y los de tamaño medio que cuenten con un gran parque móvil utilicen el servicio de grúa municipal para retirar aquellos vehículos de la vía pública que infrinjan las normas municipales de circulación y dificulten la movilidad en las calles. A la vista de las facultades que otorga la legislación nacional, especialmente la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local y el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, los ayuntamientos pueden establecer una tasa por este servicio.
Esta figura impositiva suele venir regulada en una ordenanza fiscal que fija tanto la tasa por la retirada de vehículos como el coste de su depósito en los lugares establecidos para que los ciudadanos pasen a retirarlos. Corresponde a las personas físicas y jurídicas que figuren como propietarios o titulares de los vehículos hacerse cargo de su abono.
En muchos casos, la normativa hace referencia a que este servicio público pueda ser prestado tanto por una grúa propiedad del ayuntamiento o mediante la concesión a un tercero.
Además, la ordenanza suele establecer el precio que se debe pagar por la retirada del vehículo y si hay alguna reducción para el caso de que se hayan iniciado las operaciones de carga, pero aún no se esté transportando. También pueden incluir una cuota tributaria diferente en función del tipo del que se trate: turismo, autobús, camión, carros, furgonetas, ciclomotores, motocicletas, etc.
Por otro lado, se fijará el precio del depósito del vehículo por cada periodo de tiempo que, normalmente, suele establecerse por horas (como en el caso de Toledo o Valladolid) o de días (como en Cuenca, Ciudad Real o Móstoles).
Es potestad de cada uno de los ayuntamientos fijar el importe de la tasa, lo que puede dar lugar a diferencias de hasta un 300% en los precios de la grúa municipal, según un informe de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU). Este trabajo indica que el precio medio del servicio de grúa más una hora de depósito se sitúa alrededor de los 98 euros.
En algunas ordenanzas municipales aparece como exención de esta tarifa los vehículos que se acredite que han sido robados mediante la denuncia correspondiente y aquellos que deban ser retirados por fuerza de causa mayor.
En el caso de Barcelona aparece una bonificación del 15% para el “buen conductor”. Para beneficiar se ella se debe ser residente empadronado en la ciudad de Barcelona y no haber sido sancionado por ninguna infracción de tráfico durante el año anterior.
Por último, las normas municipales incluyen también los requisitos que se han de cumplir para la retirada de los vehículos de los depósitos. Lo normal es que sea preciso abonar las tasas y la multa con antelación.